¡ESTÁN CHORREADOS! Gobernadores abusan de funciones al dictar decretos contra protestas

Por NotiCensura : sábado, abril 29, 2017

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El decreto 3.914 firmado por el gobernador Julio León en Yaracuy, y el 175 por José Gregorio Vielma Mora en Táchira, violan el principio de legalidad establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
A consideración de la doctora Norma Delgado, abogado penalista y vicepresidente de la Federación de Abogados de Venezuela, el decreto 3.914 firmado por el gobernador de Yaracuy Julio León el pasado viernes 21 de abril, bajo el cual fueron juzgados el lunes y el miércoles de esta semana 13 jóvenes detenidos luego de protestas contra el Gobierno de Nicolás Maduro en San Felipe, “es inconstitucional por violar la garantía del debido proceso”.
Un instrumento similar, firmado el jueves 27 de abril por el gobernador del Táchira, José Gregorio Vielma Mora, habría sido emitido “siguiendo el ejemplo del gobernador del estado Yaracuy, Julio León”, según se lee en boletín de prensa de la Dirección de Comunicación e Información (Dirci) de la Gobernación del estado andino. Con el texto, dice el comunicado, “se busca fortalecer la paz pública, el respeto a las autoridades y la cordialidad del pueblo tachirense”.
El decreto en Táchira fue firmado en momentos en los que la oposición desarrolla actividades de calle que culminan en su mayoría con barricadas y escombros, incluso levantadas por los mismos vecinos de las zonas donde han sido víctimas de abuso policial y civiles armados.
En Yaracuy, en cambio, las protestas en contra del rompimiento del hilo constitucional no dejaron destrucción de áreas, pero el instrumento llega en un momento en el que la población de ese estado, donde el favoritismo hacia el sector oficialista fue por años marcado, manifiesta a través de la protesta pacífica en calle el descontento por la crisis económica y social, por la escasez de alimentos y medicinas, y por la inseguridad.
En ambos consideran para la aplicación del decreto la necesidad de conservar la paz, la tranquilidad, el bienestar ciudadano y el orden público general. La prohibición de barricadas, destrucción de bienes públicos y privados, el impedimento en la distribución de agua, gas o alimentos y la perturbación de los derechos ciudadanos son, en resumen, lo que establecen ambos decretos.
Pero no quedan claras o expresas las consecuencias pecuniarias o penales que pudiese tener la violación a lo establecido en alguno de los artículos que regirán las manifestaciones en el Táchira o Yaracuy, de igual manera, se establece que institutos como Protección Civil y las alcaldías tendrán competencias en velar el cumplimiento de los decretos, pero no se explica si podrán realizar detenciones o aplicar sanciones.
*Lea la nota completa en El Pitazo
Vía Runrunes




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